El Gobierno nacional lo definió mediante un Decreto, que fue publicado este sábado en el Boletín Oficial, el cual será destinado a personas que «se encuentren entre los sectores vulnerables de la sociedad».
Este sábado 8 de agosto, el Gobierno Nacional estableció la entrega de un subsidio de $15.000 a las familias de fallecidos a causa del Coronavirus. Se denomina “subsidio de contención”, y será otorgado a personas que estén en “situaciones de vulnerabilidad”.
Por situación de vulnerabilidad se define a quienes cobraban la asignación universal por hijo, por embarazo, eran empleadas domésticas, monotributistas o quienes se encuentran desocupados al momento de la muerte, entre otros factores.
Éste fue introducido como una modificación a una norma de 2006 sobre Seguridad Social, a través del Decreto 655/2020.
En este sentido, en el mismo se argumentó: “Que los familiares de los fallecidos y las fallecidas por COVID-19 atraviesan sus pérdidas con la imposibilidad de acompañarse debido al aislamiento social, preventivo y obligatorio”, como uno de los motivos para la entrega de esta ayuda.
Y, a continuación, se detalla: “Que con el objetivo de acompañar y cuidar a los sectores más vulnerables y necesitados de la sociedad, corresponde incluir en el pago del Subsidio de Contención Familiar a los familiares de aquellas personas que hubieran fallecido a causa del COVID-19 y que al momento de su fallecimiento se encontraban desocupadas; o se desempeñaban en la economía informal; o se encontraban inscriptas en las categorías “A” y “B” del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes establecido por la Ley N° 24.977, sus modificatorias y complementarias; o se encontraban inscriptas en el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente, establecido por la Ley N° 26.565; o eran trabajadores y trabajadoras declarados y declaradas en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, establecido por la Ley N° 26.844; o eran titulares de la Asignación Universal por Embarazo para Protección Social; o eran titulares de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social, o eran los niños, las niñas, los o las adolescentes y/o personas mayores de edad con discapacidad que generaban la misma”.