El mandatario nacional dio marcha atrás con la intervención de la agroexportadora. En tanto que aseveró que la “intención siempre fue rescatar a la empresa”, y apuntó contra el juez interviniente y los accionistas.
Finalmente, el presidente Alberto Fernández anuló el DNU que disponía la intervención de la empresa Vicentin. Vía su cuenta de Twitter explicó los fundamentos de dicha decisión, que significa la marcha atrás definitiva en esta medida que había generado una gran polémica a nivel nacional.
El mandatario comenzó el hilo, diciendo: ““Hemos dispuesto la derogación del DNU 522/2020 que ordenó la intervención de Vicentin S.A.I.C. por 60 días.
“El juez interviniente en el concurso no ha permitido hasta aquí que el Estado pudiera conocer cuál es el pasivo real de la compañía. Ha impedido también el acceso de la intervención a su gestión y, lo que es peor aún, ha mantenido en sus funciones a los mismos directores que, ante la pasividad del tribunal, siguen sin entregar el Balance y Memoria del ejercicio 2019”, prosiguió.
Asimismo, indicó: “El Estado nacional no va a comprometer recursos públicos mientras el actual directorio permanezca en la empresa, ni tampoco integrará un fideicomiso compartiendo la gestión del mismo. Nuestra intención siempre fue rescatar a la empresa, preservar los activos, colaborar con los productores damnificados y mantener las fuentes de trabajo”.
“Pero también nuestra obligación es que se investiguen las maniobras que provocaron el estado de falencia en el que la empresa ha caído”, agregó.
A su vez, el jefe de Estado aclaró que “la intervención por 60 días era fundamental antes de declarar a Vicentin S.A.I.C. como un bien de utilidad pública, para conocer su verdadero estado patrimonial”.
A lo que añadió: “En estas condiciones, no estamos dispuestos a adoptar riesgos que podrían traer como consecuencia la estatización de deuda privada para que los argentinos y las argentinas deban hacerse cargo del irresponsable proceder de los actuales administradores”.
Por último, cerró. “He dado instrucciones a todos los organismos públicos involucrados para que realicen las acciones civiles, comerciales y penales que permitan la recuperación de los créditos reclamados en el concurso preventivo, dirimir responsabilidades y preservar los intereses del Estado”.