En el marco del plan de escrituración social gratuito que está desarrollando el gobierno de la Provincia de Buenos Aires, 62 familias de Chivilcoy se convertirán en propietarias de sus viviendas al firmar sus escrituras.
El evento tendrá lugar este viernes 19 de agosto en el salón del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad, ubicado en la calle 25 de Mayo N° 35, a las 11.30 hs. En ese marco, la Escribana Adscripta Directora Claudia Defelitto y personal de la Escribanía General de Gobierno se encargarán de tomar las firmas de cada uno de los vecinos y evacuar cualquier tipo de inquietud vinculada al proceso de escrituración.
Cabe destacar que 13 de los títulos de propiedad corresponden a la operatoria Instituto de la Vivienda, 1 al Plan Familia Propietaria, 1 a Protocolización de Escuelas y 47 a la Ley 10.830, de compra y venta entre particulares, al que pueden acceder cumpliendo con los siguientes requisitos:
Requisitos que necesitás cumplir para escriturar por la Ley 10.830 (www.egg.gba.gov.ar)
1. Original y fotocopia firmados del Boleto de Compra-Venta y sus cesiones (en caso de existir). Si no lo tenés, podés adquirirlo en una librería.
2. Formulario de autorización del vendedor/a para escriturar de acuerdo a lo establecido por la Ley 10.830. (Descargar de la página el formulario nº 2).
3. Formularios con los datos personales de compradores/as, vendedores/as y apoderados/as. (Descargar de la página los formularios nº 1 y 5).
4. Fotocopia de los D.N.I de compradores/as, vendedores/as y apoderados/as.
5. CUIT/CUIL/CDI según corresponda del comprador/a, vendedor/a y apoderado/a (si hubiese).
6. Fotocopia de la escritura anterior (la que está a nombre del vendedor/a).
7. Certificado de cancelación de deuda expedido por el vendedor/a.
8. Si estás casado/a, tenés que entregar una fotocopia del acta de matrimonio o libreta.
9. Si estás divorciado/a, presentá la sentencia de divorcio.
10. Si tenés convenio de Bienes en Régimen del Matrimonio debes presentarlo
11. Si el inmueble se ha originado por subdivisión posterior al título de propiedad, presentá una copia del plano.
12. Si para efectuar la escritura traslativa de dominio el bien se debe afectar primero a propiedad horizontal, tenés que incluir:
A) Plano de Propiedad Horizontal entelado.
B) Planillas de coeficientes. (Máximo dos unidades)
13 Fotocopia de un impuesto de ARBA o constancia de valuación fiscal.
Para poder escriturar, la valuación fiscal de la vivienda tiene que ser igual o menor que $160.000 y la del terreno igual o menor que $ 70.000.