A través de un decreto publicado este jueves 9 de junio, en el Boletín Oficial, la Ley 27.521 se dispuso para quienes comercializan ropa nacional o importada, de manera presencial o por medios electrónicos. Destacan la importancia en el avance del estudio antropométrico del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) para su implementación.
A más de un año y medio de su sanción en la Cámara de Diputados, el Gobierno Nacional reglamentó la Ley de Talles, que dispone un sistema único normalizado de identificación de talles de indumentaria en todo el país a través de un decreto publicado hoy en Boletín Oficial.
En el «Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria (SUNITI)» (Ley 27.521), se encontrarán incluidos además el calzado y los uniformes de trabajo, de acuerdo al decreto 375/2021, y rige para quienes comercializan vestimenta nacional o importada, de manera presencial o por medios electrónicos.
La pandemia de coronavirus puso trabas en el avance del primer estudio antropométrico que el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) comenzó a desarrollar en 2014 y que es importante para la implementación de la ley. Este, mide los cuerpos de unas 15 mil personas, de 12 a 65 años, de cinco regiones del país -NOA, NEA, Centro, Cuyo y Patagonia- y aún no se terminó de completar. Se dispuso que el organismo tendrá que finalizarlo dentro del plazo de los 240 días.
Según dos estudios sobre talles de ropa y calzado realizados por AnyBody Argentina y estudiantes de la Universidad de Buenos Aires (UBA), en Argentina, el 65% de las personas tienen problemas para conseguir ropa de su talle, lo que impacta en su salud emocional en un contexto de pandemia por coronavirus que incrementó el uso de redes sociales, espacio donde más del 50% de las mujeres afirmaron que su percepción corporal cambió de manera negativa durante la cuarentena.
Prendas excluidas
La normativa reglamentada aclara que dicho sistema deberá ser implementado para la totalidad de la indumentaria, “salvo aquellas prendas expresamente excluidas”.
• Indumentaria denominada de alta costura o de diseño de autor;
• Prendas confeccionadas a medida y, en general, aquellas que fueron realizadas de manera personalizada a pedido de las consumidoras y los consumidores;
• Accesorios de vestir (tales como: corbatas, bufandas, pañuelos, medias, guantes, sombreros, entre otros);
• Implementos destinados a la protección personal en tareas laborales.
El objetivo es generar «el acceso a información unívoca en materia de talles de indumentaria», resaltó el decreto.
El Poder Ejecutivo determinó además que «será considerado acto discriminatorio cualquier práctica abusiva, vejatoria o estigmatizante referida al aspecto físico, género, orientación sexual, identidad de género u otra característica de las consumidoras y los consumidores».
Según se lee en el texto oficial, «la falta de la estandarización en el sistema de identificación de talles de indumentaria es una problemática que tiene repercusión no solo en los distintos sectores dedicados a la fabricación, confección, comercialización e importación de estos productos sino, fundamentalmente, afecta el interés de las consumidoras y los consumidores».
«Esta temática cobró una significativa importancia en la agenda nacional con el auge del comercio electrónico, circunstancia que se ha visto potenciada durante la pandemia del Covid-19», añadió el decreto.
Lo dispuesto indica que la Secretaría de Comercio Interior será la autoridad de aplicación de la Ley y en tal carácter estará facultada para dictar las normas complementarias y/o aclaratorias que resulten necesarias para su efectiva aplicación.
Asimismo, se creó el «Consejo Técnico Consultivo del Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria», cuya función será examinar y pronunciarse, a pedido de la autoridad de aplicación, sobre cuestiones referentes a la implementación y difusión de ese sistema, sin efecto vinculante.
El Consejo «no implicará erogación adicional alguna para el Estado Nacional», aclaró el Gobierno, y puntualizó que estará conformado por representantes de la Secretaría de Comercio Interior, de las cámaras sectoriales, de organizaciones de la sociedad civil vinculadas a la temática; un representante de los profesores regulares de las Universidades Nacionales de la carrera de Diseño de Indumentaria y Diseño Textil, un representante del Ministerio de Salud, del Inadi y del INTI.