A partir de la ordenanza municipal Nº 8.356, que fue aprobada en junio de 2016 por el Honorable Concejo Deliberante, se encuentra prohibición de fabricar, comercializar, tener, usar, manipular, depositar, circular y transportar elementos de pirotecnia que tengan efectos audibles o sonoros.
La Dirección de Inspección General será la encargada de ejecutar las infracciones a las personas que se encuentren en la vía pública utilizando los elementos pirotécnicos prohibidos. En tanto la Dirección de Habilitaciones, llevará a cabo las inspecciones en los comercios para evitar que infrinjan la ordenanza. Ambas direcciones trabajaran en conjunto con la Secretaría de Seguridad.
En cuanto a las sanciones, multas y las eventuales clausuras serán establecidas por el juez de faltas que tendrá intervención en el asunto.