IMPORTANTE
Desde la Secretaría de Obras y Servicios Públicos recordaron que la ordenanza establece que los meses habilitados para realizar la poda correctiva es en entre los meses de mayo y agosto, y que debe pedirse una autorización en dicha área para poder llevarla a cabo.
Asimismo, los frentistas deben solicitar el listado de personas habilitadas a realizar la poda.
Por último, debe tenerse en cuenta que la recolección de las ramas queda a cargo de los propietarios.
Vale destacar que la Ordenanza Nº 9232, que regula la poda, entre otras cosas, cuenta con un régimen de sanciones para aquellos que no cumplan con lo previamente establecido, que serán aplicadas en caso de infracción.
Los frentistas que deseen podar, deberán comunicarse al 0800-999-6864, donde se les otorgará un permiso que deberán retirar en el Municipio, o acercarse directamente a la Oficina del área; en donde, también se les brinda especificaciones de cómo debe realizarse la poda y el registro de podadores habilitados a realizar esta práctica.