Información oficial: Ante las repercusiones sociales que ha tomado el caso que es investigado por el fallecimiento de Jonathan Burcez y las diversas versiones que se han dejado trascender públicamente, desde el Ministerio Público Fiscal del Departamento Judicial Mercedes se informa a la comunidad de Chivilcoy lo que hasta la fecha consta en el expediente judicial, con la labor de personal policial y judicial.
– El 19 de octubre del corriente se inicia una causa penal a raíz de un llamado telefónico al 911 dando cuenta del hallazgo de una persona desvanecida en calle 544 casi esquina Saavedra de la Localidad de Chivilcoy. El mismo se produce aproximadamente a las 01: 07 hs. dando cuenta del hallazgo de Jonathan Burcez al costado del camino de la calle 544 entre Saavedra y Alberdi. Aproximadamente a unos ocho metros del lugar se encontraba la motocicleta del mismo – una Honda, modelo BIZ en la que se movilizaba habitualmente.
Los efectivos policiales que llegaron en la emergencia acudieron pensando que se trataba sólo de una persona descompensada y no llegaron a ver la moto. Es por ello que se retiraron detrás de la ambulancia que trasladó a Burcez al hospital. Esto ocasionó que el lugar no quedara bien preservado y uno de sus conocidos tomó la moto de Jonathan para llevarla al hospital dejándola en la dársena de las motocicletas desde donde posteriormente la retiró un familiar. Posteriormente fue llevada nuevamente al lugar del hecho para mostrársela a personal de policía científica.
Desde la Fiscalía se remitió copia de las actuaciones al Ministerio de Seguridad, para que se evalúe disciplinariamente los motivos que llevaron a una inadecuada preservación del lugar del hecho.
– Según lo que se pudo reconstruir a partir de las declaraciones testimoniales recibidas en la causa: un grupo de personas se encontraban en una vivienda cenando – siendo una de estas personas quien posteriormente encontrara a Burcez desvanecido – y habían invitado a la víctima a concurrir al lugar. Tras esperarlo por un tiempo decidieron concurrir parte de ellos a un boliche bailable y se retiraron. Cuando los restantes acudían al establecimiento, encontraron la moto y después a la persona de Jonathan Burcez, quien se encontraba en estado de inconsciencia dando aviso a la emergencia policial y a sus otras amistades.
– Al ingresar al hospital Jonathan Burcez es revisado por el médico de guardia, quien advierte el mal estado del paciente y en la urgencia solo le releva una excoriación en antebrazo derecho, y sangrado del oído izquierdo, sin poder constatar en ese momento al tacto cefalohematoma o herida (lo cual hasta hizo pensar en la posibilidad de un ACV), y ante esto es que se esperó el resultado de la tomografía que habría dado un hematoma subdural con desplazamiento de la línea media cerebral y también una contusión pulmonar bilateral. Luego fue trasladado a terapia intensiva, y posteriormente fue intervenido por un neurocirujano quien realizó una craniectomía. Este profesional al ser interrogado sobre el origen de la lesión refirió no poder especificar con que resulta compatible la producción de esa lesión.
– Del examen traumatológico externo de la operación de autopsia, surgió un eritema leve temporo-parieto-occipital izquierdo, y en el brazo derecho excoriaciones lineales en cara lateral del antebrazo, y pequeñas excoriaciones en codo izquierdo, todas de reciente data. Concluyendo que la causa del fallecimiento fue una lesión cerebral grave.
El teléfono que usaba la víctima por esos días fue aportado por su familia, pero su contenido no pudo ser analizado por los peritos y el software ya que no lograron desbloquearlo.
– La moto en que circulaba la víctima fue inspeccionada por personal policial y judicial, relevando la carencia de luz delantera, y una mancha indiferenciada (se descartó que puede tratarse de sangre siendo compatible con restos de vomito).
– Del relevamiento de las cámaras surgió que siendo las 00:10 horas Burcez es tomado por una cámara ubicada en Avenida de Tomaso entre 4 y 6, a las 00:11 horas por una cámara ubicada en Avenida de Tomaso casi esquina 532 y siendo las 00: 12 horas se lo observa pasar en velocidad a bordo de su moto circulando sin casco (con una gorra visera), por Av. De Tomaso, doblando hacia calle 544, hacia la izquierda, no siendo seguido por ningún otro vehículo.
– En el lugar del hecho, personal de policía científica pudo relevar la existencia de ese líquido indiferenciado, posiblemente emesis, lo que permitió presumir la posición del cuerpo.
– A partir de los comentarios de personas allegadas al fallecido y publicaciones en redes sociales, sobre una posible motivación homicida vinculada al tráfico de estupefacientes, es que se le recibió declaración a seis personas, y de hecho se sigue investigando, no surgiendo hasta el momento ningún indicio objetivo en ese sentido; a lo cual debe adunarse la inexistencia de lesiones en el fallecido que hagan suponer un intento de defensa, como así también de signos que demuestren un intento de reducción física de la misma, ni de otras lesiones propias de casos de homicidios donde la experiencia policial y judicial indica la reiteración de golpes. Vale destacar que la fractura hallada en el cráneo del fallecido es del tipo lineal y sin hundimiento, siendo esto último (que no está presente) una característica típica de golpe con elemento al cual se le imprime fuerza y velocidad.
– Por todo ello, y sin dejar de tener en cuenta que se sigue trabajando en el caso sin descartar ninguna hipótesis de lo ocurrido, es que por el momento no existen sospechosos ni acusados penales por el evento. Por lo que la Unidad Funcional de Instrucción Nº 3 y la Ayudantía Fiscal de la localidad sugiere que aquellas personas que puedan aportar algún elemento de prueba para con el caso se presenten a prestar declaración.
Si el neurocirujano que lo examinó no pudo determinar el origen de la lesión intercraneal, ¿por qué el cuerpo no fue examinado por peritos forenses de experiencia, como los de la Capital Federal? ¿O se ya se hizo y tampoco arrojó resultados?