El mencionado bloque presentó un proyecto de ordenanza, teniendo en cuenta “las reiteradas caídas que se vienen sucediendo en los últimos años en la ciudad”.
El bloque “Hacer por Chivilcoy” propone que se declare la emergencia y peligro de derribo de la totalidad de las columnas de alumbrado público por un plazo de un año, teniendo en cuenta “las reiteradas caídas que se vienen sucediendo en los últimos años en la ciudad”.
Mediante un proyecto de ordenanza, plantean, además, que el Departamento Ejecutivo deberá presentar ante la Comisión de Obras y Servicios Públicos un plan de reparación y mantenimiento integral en un plazo no mayor de 30 días luego de que se apruebe, que se deberá actualizar cada 30 días.
Asimismo, autorizan al Ejecutivo a celebrar los convenios que considere necesarios y/o contratar a empresas y/o terceros especializados en el tema para el relevamiento, reparación, sustitución y/o mantenimiento de éstas.
Por último, establecen que el D.E deberá contratar en forma inmediata y por el tiempo que demande la regularización definitiva, un seguro de responsabilidad civil por los daños ocasionados a terceros.
En relación a esto, los miembros del Bloque argumentan que “a pesar de las repetidas manifestaciones de preocupación y advertencia sobre el mal estado de las columnas y solicitudes de medidas preventivas a la fecha siguen ocurriendo derrumbamientos”.
En este sentido, advierten que “esto constituye un serio riesgo para la seguridad de los ciudadanos. Además, exponen que estos hechos “han ocasionado daños diversos, a personas y bienes de vecinos”.
Para cerrar, enfatizan que “resulta urgente y prioritario poner fin definitivamente a esta situación de peligro, en virtud de la seguridad y la tranquilidad de los vecinos a los efectos de evitar mayores y/o irreparables daños”.
EL PROYECTO
Chivilcoy, 5 de agosto de 2024
Presidente del H.C.D.
Sr. Lucas Burgos
Presente
Los abajo firmantes, Concejales del Bloque “Hacer por Chivilcoy”, solicitamos a usted tenga a bien poner a consideración del Honorable Concejo Deliberante el siguiente proyecto:
VISTO
Las reiteradas caídas de columnas de alumbrado público que se vienen sucediendo en los últimos años en la ciudad. Y;
CONSIDERANDO
Que a pesar de las repetidas manifestaciones de preocupación y advertencia sobre el mal estado en general de las columnas del alumbrado público municipal y solicitudes de medidas preventivas por parte de integrantes de este cuerpo deliberativo, a la fecha siguen ocurriendo derrumbamientos de las mismas lo cual constituye un serio riesgo para la seguridad de los ciudadanos.
Que tales hechos han ocasionado daños diversos, a personas y bienes de vecinos.
Que la Municipalidad de Chivilcoy ha tenido que afrontar, con recursos del erario público, los daños ocasionados en la totalidad de los reclamos realizados por los eventos ocurridos.
Que resulta urgente y prioritario poner fin definitivamente a esta situación de peligro, en virtud de la seguridad y la tranquilidad de los vecinos y transeúntes y a los efectos de evitar mayores y/o irreparables daños.
Por ello, el Bloque de Concejales de “Hacer por Chivilcoy”, eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de ORDENANZA
Artículo 1.- Declárese en EMERGENCIA Y PELIGRO DE DERRIBO a la totalidad de las columnas del alumbrado público de la ciudad de Chivilcoy, por el término de un (01) año a partir de la promulgación de la presente ordenanza; pudiendo ser prorrogado este plazo las veces que resulten necesarias hasta la finalización de las obras de reparación y mantenimiento a realizarse a los efectos de garantizar el normal estado y conservación de las mismas.
Artículo 2.- El Departamento Ejecutivo deberá elaborar y presentar ante la Comisión de Obras y Servicios Públicos de este Concejo Deliberante, a los efectos de su toma de conocimiento por parte del cuerpo legislativo, un PLAN DE REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LAS COLUMNAS DEL ALUMBRADO PÚBLICO de la ciudad, en un plazo no mayor a treinta (30) días corridos de promulgada la presente.
Artículo 3.- Cada treinta (30) días contados desde la puesta en práctica del plan de regularización establecido en el artículo anterior, el Departamento Ejecutivo deberá elevar el detalle de lo actuado a la Comisión de Obras y Servicios Públicos de este Concejo Deliberante a los efectos de informar el avance de las obras.
Artículo 4.- Autorizase al Departamento Ejecutivo, en el marco de lo establecido en el Art. 1 de la presente, a celebrar los convenios que considere necesarios y/o contratar (por las vías que correspondan) a Empresas y/o terceros especializados en el tema para el relevamiento, reparación, sustitución y/o mantenimiento de las columnas del alumbrado público; y de todos los insumos y servicios que resulten necesarios para la ejecución del plan de regularización que se establece en el Art. 2 de la presente.
Artículo 5.- El Departamento Ejecutivo deberá contratar en forma inmediata y por el tiempo que demande la regularización definitiva del estado crítico de las columnas del alumbrado público, un SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL POR LOS DAÑOS OCASIONADOS A TERCEROS ante posibles caídas de las mismas y/o sus artefactos lumínicos.
Artículo 6.- Comuníquese, cúmplase, publíquese y archívese.