Sin esta Ley se pone en riesgo inminente la continuidad de las prestaciones esenciales para personas con discapacidad, afectando los dispositivos terapéuticos, prestaciones básicas, medicamentos y apoyos fundamentales para una vida digna, como aspectos habitacionales, acceso al transporte, empleo protegido e inclusión plena.
La ley impacta positivamente en las Organizaciones Responsables de los Talleres Protegidos y sus Trabajadores con Discapacidad
Porque considera:
- Asignación universal por discapacidad compatible con empleo.
- Ajuste automático mensual de aranceles a prestadores (salud, terapias, transporte, hogares de nuestros trabajadores con discapacidad de los Talleres Protegidos).
- Regularización de deudas del sistema.
- Incentivos reales al empleo formal y protegido. (aplicación de la ley N 26.816).
- Reforma al Certificado Único de Discapacidad (menos burocracia).
- Mejora significativamente el aporte mensual que sus trabajadores reciben por parte del Estado, por su trabajo en los Talleres Protegidos.
FETAP, junto al colectivo de la discapacidad lucha ahora por revertir el veto.
Esta Ley de Emergencia en discapacidad garantiza derechos consagrados por la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad a los cuales la República Argentina adhirió mediante la Ley 26378 con rango Constitucional.