Los concejales de Cambiemos Chivilcoy, Lourdes Zaccardi y Gabriel Fagliano, presentaron ante el Honorable Concejo Deliberante un proyecto de resolución solicitando al Senado de la Nación el inmediato tratamiento de la “Ley de Extinción de Dominio y Repatriación de Bienes”.
«Ley de Extinción de Dominio y Repatriación de Bienes»
VISTO
Que se encuentra con media sanción de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Nación Argentina, el proyecto de “LEY DE EXTINCION DE DOMINIO Y REPATRIACION DE BIENES”
Que la República Argentina suscribió diversos tratados y convenciones internacionales que van en el mismo sentido y sientan la base para la sanción del proyecto en Ley.
Así se han firmado la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas, Ley 24072, La Convención Interamericana contra la Corrupción Ley 24759, la Convención internacional contra la Delincuencia Organizada Transnacional y Protocolos Complementarios Ley 25632, la Convención Interamericana contra el Terrorismo Ley 26023, Convenio Internacional para la Represión de la Financiación del terrorismo Ley 26024, por lo que hace necesario complementar y aunar en un procedimiento de capitales que provienen de ilícitos sobre todo de actos de corrupción los que deben volver al Estado siendo que se encuentra comprometida la Seguridad Interior, como también Fondos Públicos, y que nuestra Constitución otorga como Derechos y Garantías de los ciudadanos.
Que de transformarse en Ley será una herramienta que hace a la lucha contra la corrupción en el sentido más amplio, asegurando el debido proceso, con mayor celeridad ante los organismos de justicia, evitando los dispendios jurisdiccionales y la desvalorización y degradación de los bienes que fueran decomisados por este tipo de delitos.
Que dentro del proceso el cual garantiza el proyecto de “Ley de Extinción de dominio y Repatriación de Bienes”, se prevé la investigación preliminar a cargo del Ministerio Público Fiscal, con el objeto de garantizar la prueba necesaria y adoptara las medidas cautelares que permiten asegurar los fines del proceso.
Que se han tenido sobradas muestras de situaciones de hechos de corrupción que dan lugar al decomiso de dinero en moneda nacional y extranjera escondidos o a resguardo en las más variadas condiciones, valijas, bolsos, bases de estatuas, cajas de seguridad, etc, como también inmuebles, maquinas viales, aviones, automóviles, camionetas, yates, y
que de contar con la Ley de Extinción de Dominio debería ponerse a disposición del Estado para una finalidad pública evitando la degradación de los mismos por el transcurso de largos procedimientos.
Que los bienes que fueran recuperados tienen en este proyecto un régimen específico que regula el régimen de administración mediante la creación de un organismo específico, siendo destinado a programas de transparencia y lucha contra la corrupción, fortalecimiento de instituciones con competencia en la prevención, investigación y persecución de los delitos contra la administración e inversiones de infraestructura y equipamiento en materia educativa, salud, etc.
Que la falta de tratamiento hará caer el Estado Parlamentario del proyecto de Ley, trabando así la posibilidad de recuperar el dinero mal habido bajo la aprehensión dominial siendo que se puso bajo la órbita de dominio privado con fondos que provienen en contravención del orden público, y las leyes civiles y penales, por lo cual no existe un estado de dominio privado absoluto.
Por ello, el Bloque de Concejales de Cambiemos, eleva al Honorable Concejo Deliberante de Chivilcoy, el siguiente proyecto de
RESOLUCIÓN
El Honorable Concejo Deliberante de Chivilcoy, Resuelve instar por medio de comunicación al Honorable Senado de la Nación Argentina, el inmediato tratamiento del Proyecto de “Extinción de Dominio y Repatriación de Bienes” que fuera ingresado en mesa de entradas de la Honorable Cámara el 27 de junio de 2016, y que se remitiera de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación bajo el número de Expediente 31/16.
En caso de la pérdida de Estado Parlamentario, el repudio a no tratar el mismo siendo uno de los actos que protegen la impunidad de los hechos de corrupción, terrorismo de estado, narcotráfico y delincuencia organizada.
Remítase este Proyecto a la Honorable Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Nación, al Sr. Presidente de la Nación Argentina, a la Honorable cámara de Diputados y Senadores de la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, a los Honorables Concejos Deliberantes de la Provincia de Buenos Aires.