La fecha es para las grandes empresas. Las más chicas tienen tiempo hasta febrero de 2023.
Aunque el cambio en las góndolas será muy gradual, desde el 20 de agosto empezarán a aparecer en los envases de alimentos los sellos negros que advierten sobre «exceso de azúcares», «exceso en grasas totales», «exceso en grasas saturadas», «exceso en calorías» y «exceso en sodio».
El nuevo rotulado es efecto de la ley 27.642 de Etiquetado Frontal de Alimentos y tiene un cronograma de adecuación en dos etapas: las fábricas chicas o medianas tienen más tiempo, hasta el 20 de febrero de 2023; las grandes tendrán que comenzar a etiquetar así dentro de 23 días.
El tema es que al delay natural por la adecuación de la ley se suman las demoras particulares que estaban contempladas. El Ministerio de Salud de la Nación comunicó que ya aprobó alrededor del 35% de las 2.658 solicitudes de prórroga que pidieron 236 empresas.
Además, «del total de registros con autorización sanitaria, solo un 3,13% fueron prorrogados y corresponden en su mayoría a grandes empresas y pymes». Así, todo será más «gradual» de lo estimado por esta norma.
Según el cronograma, el 20 de agosto se cumple el primer ultimátum para las grandes empresas. Sus envases de alimentos y bebidas elaboradas luego de ese día comenzarán a aparecer en las góndolas con sus respectivos sellos, a medida que se vayan distribuyendo y comercializando en el mercado.
Entonces, esto no quiere decir que efectivamente en el supermercado se encontrará un sello negro el 21 del próximo mes, pero sí estarán ya en el área de producción, listos para salir hacia las góndolas.
Los principales rubros que se presentaron para prórroga son golosinas, mermeladas, jaleas, dulces y confituras (21,62%); panificados y galletitas (15%); embutidos y conservas cárnicas (14,45%); lácteos (11,27%); bebidas analcohólicas (10,63%); frutas y verduras procesadas (7,39%).
También cereales y pastas (6,55%); salsas y aderezos (5,19%); postres y polvos para preparados (2,96%); snacks (2,16%); helados (1,09%); sopas y caldos (1,02%); café y té (0,67%).
El nombre «real» de esta ley es «Promoción de la Alimentación Saludable». Pero en todo el debate se la llamó por lo más visible de la cuestión: el etiquetado frontal.
Salud y la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) monitorean la composición de alimentos y la incorporación del sistema gráfico de advertencias en los envases desde dos herramientas online. El Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFEGA) y el Sistema de Declaración de Sellos y Advertencias Nutricionales.
Para las fábricas, es de acceso público y abierto la «calculadora de sellos». Permite realizar los cálculos que indican cuáles son los productos cuyos nutrientes críticos son iguales o superiores a los límites definidos por el perfil de nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), el parámetro de máximos que tomó la ley.
El objetivo de la ley es redireccionar el consumo desde las góndolas hacia una alimentación saludable. El etiquetado sólo abarca a productos procesados o ultraprocesados. Paquetes, latas y botellas. Deja afuera a pizzerías, restaurantes, rotiserías, panaderías y todo alimento no industrializado.
¿Por qué se aceptaron las prórrogas? Las autoridades que evaluaron las solicitudes aseguran que «los motivos pueden ser de índole tecnológicos, productivos, operativos, logísticos y/o de recursos e insumos, y en cada uno de los casos deben estar específicamente fundamentados y sustentados con la evidencia correspondiente que permita una valoración razonable y suficientemente clara y cabal de las circunstancias que impiden el cumplimiento de los plazos establecidos por el cronograma».
Cómo van a ser los sellos negros
Ya hay más precisiones sobre los sellos: deben ser octogonales, negros, con letras blancas. Y sólo deben ser rectangulares los sellos que no indiquen el exceso de un nutriente crítico, sino que contengan una leyenda.
Deberán colocarse en el margen superior derecho de la cara principal. Para el caso de los envases cilíndricos, estarán en el margen central superior. Para los envases cónicos, en el margen central superior o inferior, según el que represente el mayor diámetro.
En la página web de la ANMAT está publicado el portal del “Sistema de Sellos y Advertencias” donde hay recursos gráficos (octógonos y leyendas) para que se opte por la mejor opción.
¿Cuáles productos se encuentran exceptuados de llevar rotulado nutricional frontal? Azúcar, aceites vegetales, frutos secos y sal común. (Fuente: Clarín)