USO DE ARMAS
En una resolución publicada este lunes en el Boletín Oficial, la ministra Bullrich oficializó el reglamento para el empleo de armas de fuego. Habilita a las fuerzas de seguridad a disparar sobre personas en situación de fuga.
A través de la Resolución N° 956/2018 publicada este lunes en el Boletín Oficial, el Ministerio de Seguridad autorizó un nuevo reglamento para el uso de armas de fuego. Éste amplía los casos en que policías u otros miembros de las fuerzas de seguridad pueden usarlas e incluso permite su utilización cuando una persona que supuestamente cometió un delito no está armada. También cuando los efectivos se vean superados en número.
A partir del nuevo» se autoriza a los miembros de las fuerzas de seguridad a que actúen tal como lo hizo el policía de Avellaneda, Luis Chocobar, es decir a disparar contra quien «se fugue luego de haber causado, o de haber intentado causar, muertes o lesiones graves».
El reglamento modifica los criterios de precaución que hasta ahora debían aplicar los policías antes de accionar sus armas de fuego. En el artículo 2° de la norma se establece que el tirador podrá hacer «uso de las armas de fuego cuando resulten ineficaces otros medios no violentos para la detención de quien represente un peligro inminente y oponga resistencia a la autoridad».
Ahora un efectivo podrá disparar contra un asaltante si posee un arma letal, «aunque luego de los hechos se comprobase que se trataba de un símil de un arma letal». La recomendación va en contra de la jurisprudencia que establece criterios de moderación en el uso de la fuerza para reducir al mínimo los daños humanos. [Fuente: Minuto1]